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jueves, 23 de mayo de 2013

El Consejo Europeo fija la agenda de la estrategia de la UE contra el fraude fiscal


El Consejo Europeo puso en marcha ayer políticas de apoyo a la competitividad, el empleo y el crecimiento en dos ámbitos prioritarios: la energía (establecer directrices dirigidas a asegurar un abastecimiento asequible y sostenible de energía en la UE) y la lucha contra el fraude y la evasión fiscal. 

El Discurso del Presidente Barroso en preparación del Consejo proporciona la justificación de la iniciativa de lucha contra el fraude fiscal en la UE. Barroso cifra la pérdida de ingresos fiscales debido al fraude y la evasión de Impuestos en un billón de euros (un trillón de euros en inglés). Esta cifra viene a representar el doble del déficit combinado de todos los Estados Miembros durante el 2012. Es lo que se gastó en salud en toda la UE durante 2008, 6 veces el presupuesto de la UE, o la inversión necesaria para cubrir las necesidades de la energía europea para 2020. 

Poco más hay que decir para justificar esta prioridad europea: en un escenario de crisis y déficit presupuestario, antes que subir Impuestos (recordemos que el Impuesto a las Transacciones Financieras es otra de las iniciativas en marcha por la Comisión europea, aunque sea con sólo parte de los Estados miembros), la lucha contra el fraude fiscal es la solución más equitativa y razonable. 


Anexo incluido en el documento preparado por la Comisión europea de cara al Consejo de ayer 22 de mayo

¿Cuál es, a la vista de este ambicioso objetivo, la agenda de la UE en materia fiscal para los próximos meses? 

Estos son los hitos normativos presentados por el Consejo Europeo en su Documento de Conclusiones presentado ayer:

Iniciativas previstas para junio 2013


- Modificación de la Directiva sobre cooperación administrativa para que el intercambio automático de información abarque toda clase de rentas.

- Adopción de la Directiva sobre el mecanismo de reacción rápida en el IVA.

- Adopción de la Directiva sobre el mecanismo de inversión del sujeto pasivo en el IVA



Anexo incluido en el documento preparado por la Comisión europea de cara al Consejo de ayer 22 de mayo.

Iniciativas previstas para su aprobación antes de la finalización del 2013


- Adopción de la Directiva revisada sobre la fiscalidad del ahorro (ver noticia).

- Propuesta de Directiva sobre sociedades matrices y filiales, para combatir la planificación fiscal agresiva y la deslocalización de beneficios. 

- Adopción de la versión revisada de la tercera Directiva sobre blanqueo de capitales.

- Acelerar el estudio de la fiscalidad de la economía digital, sobre la base de los trabajos en curso de la OCDE, y anticiparse al debate del Consejo Europeo previsto para octubre de 2013 sobre la Agenda Digital. 

Iniciativas sin plazo específico


- Forzar que Suiza, Liechtestein, Mónaco, Andorra y San Marino apliquen medidas equivalentes a las vigentes en la UE, para lo cual la UE negociará mejoras en sus acuerdos con estos países. 

- Fomento del intercambio automático de información como nuevo estándar internacional. En palabras del Consejo, se trata de aprovechar los trabajos en el curso de la UE y la “dinámica que recientemente ha generado la iniciativa tomada por un grupo de Estados miembros” para apoyar a nivel mundial la dinámica de establecer un nuevo estandar mundial de intercambio automático de información en el contexto del G8, del G20 y de la OCDE, “teniendo en cuenta las disposiciones vigentes de la UE”.  

- Seguir las recomendaciones de la Comisión sobre la planificación fiscal agresiva y la deslocalización de beneficios. La Comisión está estudiando las disposiciones contenidas en la legislación de la UE contra los abusos en esta materia de planificación fiscal internacional. Se apoyará para ello en el próximo informe de la OCDE sobre erosión de bases imponibles y deslocalización de beneficios (BEPS).

- Reforzar el Código de Conducta sobre la Fiscalidad de las Empresas.

- Estudiar la propuesta de modificación de las Directivas contables sobre divulgación de información no financiera e información sobre la diversidad por parte de determinadas grandes sociedades y determinados grupos, con vistas a garantizar que informen en cada país (“country-by-country reporting”).

- Promover que los terceros paises (no UE), “incluídos los países en desarrollo”, cumplan normas de buen gobierno en materia fiscal.

En breve estará disponible la documentación relacionada con todas estas iniciativas en nuestra sección Áreas temáticas.

lunes, 20 de mayo de 2013

La Comisión Europea publica los resultados de la Consulta Pública sobre revisión de los tipos reducidos en el IVA


La Comisión Europea ha publicado los resultados de la Consulta pública sobre la revisión de los actuales tipos reducidos en el IVA.


¿En qué consiste la revisión de los tipos reducidos en el IVA?


Es parte de la estrategia europea en materia de IVA (ver la Comunicación sobre el futuro del IVA publicada en diciembre de 2011). 

En el marco de esta estrategia, la UE se está planteando la revisión de la estructura de los tipos reducidos en el IVA, como una de las prioridades en materia fiscal. 

¿Qué se pretende con la revisión?



  1. Abolir aquellos tipos reducidos que supongan un obstáculo al buen funcionamiento del mercado interior. Algunos tipos reducidos de IVA, que podían justificarse en el pasado en vista de la situación entonces existente, pueden suponer hoy (en un entorno económico, jurídico y de negocio distinto), distorsiones en el correcto funcionamiento del IVA.
  2. Abolir determinados tipos reducidos de bienes y servicios cuyo consumo se pretende desincentivar en el ámbito de la UE. Es el caso, en particular, de bienes y servicios que sean perjudiciales para el medio ambiente, la salud o el sistema de prestaciones sociales.
  3. Bienes y derechos análogos deben ser sometidos a los mismos tipos de IVA. El progreso tecnológico debe ser tenido en cuenta en este sentido, de manera que el universo online y el físico sigan el mismo tratamiento en el IVA.


Participantes


La mayor parte de las respuestas han venido de asociaciones nacionales (41%), seguidas por empresas (17%) y asociaciones europeas (14%), es decir, por aquellos sectores específicamente afectados por la potencial modificación de la normativa sobre tipos reducidos en el IVA. Sin embargo, ha habido muy pocas respuestas del mundo académico y de los asesores fiscales en general, precisamente aquellos que pueden aportar una visión más global o de conjunto.   

Por países, el mayor número de respuestas procede de Bélgica (76), Alemania (65), Francia (52) y el Reino Unido (48).

La participación de España en esta consulta puede verse en el siguiente gráfico:



Dada la relevancia de los puntos tratados en este estudio y del impacto del IVA sobre el consumo y nuestra demanda interna, sería deseable una mayor participación de España en este proceso.  

Observaciones interesantes contenidas en el estudio 


La imposición sobre el consumo 


Una de las prioridades de la política fiscal europea es la de reducir la imposición sobre el trabajo en perjuicio de la imposición sobre el consumo (IVA), impuestos medioambientales e impuestos sobre la propiedad. 

Este enfoque, sin embargo, tiene inconvenientes:

  • La imposición sobre el consumo es regresiva, es decir, grava más a las personas con menos recursos, dado que tales personas con menos ingresos dedican una proporción mayor de sus recursos a consumir productos gravados por el IVA que aquellos otros contribuyentes que ganan más (la propensión marginal al consumo de las personas con menores rentas es mayor que la que muestran aquellos que más ganan). Desde este punto de vista, reducir la tributación de las rentas del trabajo en perjuicio del consumo es regresivo e injusto.

  • Desde este punto de vista, los tipos reducidos de IVA tienen un efecto redistribuidor de renta. Por ello, la subida de tipos reducidos en el IVA podría ir acompañada de subvenciones o transferencias de renta a aquellos colectivos con menos recursos. Sin embargo, dado que la política de subvenciones es eminentemente nacional, existe el temor de que, una vez se suba el IVA, no todos los gobiernos nacionales hagan o gestionen eficazmente dichas subvenciones. De ahí que podría tener sentido dejar en manos de cada estado miembro la posibilidad de utilizar tipos reducidos de IVA.


Servicios realizados por el sector público 


Algunos servicios prestados por el sector público están exentos de IVA, mientras que esos mismos servicios, cuando se realizan por el sector privado, están sometidos a IVA. La distorsión que genera este tratamiento asimétrico debería corregirse. 

E-books


Algunos paises gravan los e-books a tipos reducidos, mientras que otros lo hacen al tipo general. Este es uno de los supuestos en los que la aplicación de los tipos reducidos supone distorsiones del mercado único. En este sentido, la propuesta general es alinear el tratamiento en el IVA de los libros impresos y los e-booksEn definitiva, que si se permite un tipo reducido (o incluso un tipo super-reducido o un tipo cero) para los libros impresos, también debería aplicarse para e-books, puesto que un libro lo es cualquiera que sea su formato. Ambos ponen al alcance del consumidor final el mismo contenido. 

No obstante, también ha habido respuestas en la línea de entender que los e-books no son asimilables a los libros impresos (no se pueden intercambiar), por lo que no deberían seguir el mismo tratamiento en IVA que los productos impresos. 

En cualquier caso, la necesidad de definir el concepto de e-book está encima de la mesa. Hay quien propone hacer una definición de libro a nivel europeo, lo que incluiría todo tipo de libro cualquiera que sea la forma de transmisión de su contenido. Otros creen que el Consejo europeo debería regularlo o establecer unas líneas definitorias. 

El documento contiene una posible definición de libro a efectos del IVA:

"An electronic book is a work, conceived as a whole in one part or within a finite number 
of parts by its publisher/author(s), consisting predominantly of textual, photographical 
and/or graphic content or else in the reading or in the audio rendering of the same 
content, which is made publicly available in an electronic format. An electronic book can 
be interactive and can contain non-textual elements, presented in different formats (such 
as audio, video, hypertext), functionally connected to that predominant content."

En el documento también se describen las diferencias entre el libro impreso y el e-book.

"When comparing printed books to e-books, many respondents acknowledged the fact that
e-books may also include additional features such as background music, video and/or an 
additional material. Opinions in this respect are divergent: certain respondents consider 
that the definition of an e-book should be limited to the exact replication of a printed 
book, others consider that the definition of an e-book should also include those additional 
features that are inevitable with electronic media and can be considered as "ancillary" to 
it (e.g. reading, searching, extracting and index links) and finally others consider that 
besides this features such as audio, video and customisation functions should also be 
included in the definition.
When referring in the e-book definition to the equivalent 
printed book, some respondents drew attention to the fact that increasingly some books 
are "born digital" i.e. without a printed equivalent. This should be kept in mind when 
defining an e-book, so as not to exclude such books and future proof against technical
innovations in "reading a book".
Some respondents proposed, in addition to defining characteristics, referring to products 
which are considered eligible for, or have been allocated, an International Standard Book 
Number (ISBN). This international system allocates a unique identifier to all books
published, including e-books."

Se trata igualmente la definición de periódicos online a efectos de IVA, siendo también generalizada la opinión de que tanto la prensa impresa como la digital deberían gravarse al mismo tipo de IVA. 

Lo mismo sucede, en términos generales, con la retransmisión de radio y televisión online.

Otras cuestiones abordadas en el estudio


El estudio también detalla las respuestas en lo relativo a determinadas preguntas sobre la tributación reducida en el IVA de ciertos productos básicos como el agua, algunos productos de energía, servicios de limpieza, tratamiento de residuos, etc. Es interesante ver los argumentos aportados en relación con la tributación de productos y servicios de primera necesidad.  

Es igualmente interesante el debate sobre cómo fomentar un uso eficiente de la energía en la vivienda en general y, en particular, sobre cómo un IVA reducido podría contribuir a esta finalidad. 

Algunos de los puntos apuntados en el documento a este respecto son los siguientes: 

  • La posible aplicación de diferentes tipos de IVA a productos energéticamente eficientes o a la construcción de productos realizados con materiales recliclados. Esto último podría eliminar la desventaja competitiva que supone incurrir en mayores costes para realizar estos productos con materiales reciclados. 
  • La posibilidad de introducir o mantener incentivos fiscales en cada país, y mantener un IVA reducido para todos aquellos materiales que se usan en el ciclo de producción de los edificios. 
  • Crear incentivos fiscales para todos aquellos productos con marcas que demuestren su ecosostenibilidad.
  • La aplicación de tipos reducidos exclusivamente a productos fabricados de forma limpia puede también ser contraproducente si ello fomenta los promotores hagan directamente este tipo de rehabilitaciones, ya que podría fomentar el uso de trabajadores ilegales, dando lugar así a prácticas de fraude. 
  • Algunas formas de dar prioridad a productos sostenibles que protejan el medio ambiente podrían ser (i) establecer una lista; (ii) establecer una reducción en el IVA basada en un criterio general combinado con un sistema de certificaciones; (iii) una reducción general basada en la categorización de los subsectores más relevantes o el tipo de trabajo a realizar, combinado con ciertas obligaciones por parte de los consumidores que alejen el riesgo de fraude, etc. 
  • Algunas respuestas se inclinan por mantener los IVAs reducidos actuales, mientras que otros apuestan por extenderlos para favorecer la demolición de barriadas y chabolas. Se argumenta que la sustitución de estas zonas y su sustitución por nuevos edificios es la mejor forma de alcanzar los tres objetivos de la UE: la regeneración de los centros urbanos, la cohesión social y el impulso de la eficiencia en los edificios residenciales. 
  • Otras, por el contrario, defienden que la existencia de tipos reducidos en el IVA constituyen una distorsión en la estructura general del impuesto, por lo que deberían desaparecer en pro de su uniformidad, a cambio, sin embargo, de una reducción del tipo general y el establecimiento de un tipo máximo, que abran la puerta a otras medidas tributarias locales específicas.
  • Por otra parte, el establecimiento de tipos reducidos en el IVA tiene un alto coste administrativo, de gestión y de control para las autoridades fiscales. La complejidad de la normativa fiscal y el incremento de costes indirectos deben ser proporcionados a los objetivos a alcanzar.
En definitiva, un debate interesante que conviene no perder de vista, dado que configurará la nueva estructura de la tarifa del IVA en el corto plazo.


lunes, 6 de mayo de 2013

Novedades en la web de Fiscalidad Online

Tras finalizar, este pasado 30 de abril, en la mayor parte del territorio (no así en el País Vasco y Navarra) el plazo de presentación de la polémica declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero, toca ahora afrontar un nuevo "trimestre fiscal", marcado por la campaña del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades. 

Hemos querido aprovechar el pequeño parón del primero de mayo para recargar pilas, y hacer algunas mejoras en nuestra web. 


En primer lugar, nos agrada mucho presentar Fiscal Community, un nuevo espacio desde el que queremos mejorar la forma de interactuar con vosotros, una comunidad de usuarios que se va haciendo más numerosa y rica cada día. Desde Fiscal Community seremos capaces, entre todos, de responder mejor a todas nuestras inquietudes y dudas en materia fiscal. A partir de esta semana se activará esta nueva herramienta, que nos permitirá ganar en agilidad, participación y capacidad de respuesta.

También hemos incorporado un buzón de sugerencias en cada una de nuestras páginas. Os animamos a que nos hagáis llegar vuestras preguntas, sugerencias o comentarios a través de dicho buzón.

Por último, en estas próximas semanas iremos actualizando los contenidos de las áreas temáticas. En breve, incluso, añadiremos una nueva... Pero bueno, eso será un poco más adelante ;)
  
Un afectuoso saludo.

Fiscalidad Online